Estrangeria:
Estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado
REQUISITOS
Para cada uno de los supuestos de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstos, además de los requisitos de carácter general exigidos por la Misión
Diplomática u Oficina Consular, será necesario cumplir los siguientes requisitos específicos, a valorar por la Oficina de Extranjería:
- Realización o ampliación de estudios: haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
- Realización de actividades de investigación o formación: haber sido admitido en un centro reconocido oficialmente en España para la realización de dichas actividades. En el caso de actividades de investigación, dicho centro será una Universidad, un centro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas u otra institución pública o privada de I+D.
- Participación en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido:
1º. Haber sido admitido en un centro de enseñanza secundaria y/o bachillerato o científico oficialmente reconocido.
2º. Haber sido admitido como participante en un programa de movilidad
de alumnos, llevado a cabo por una organización oficialmente reconocida
para ello.
3º. Que la organización de movilidad de alumnos se haga responsable del
alumno durante su estancia, en particular en cuanto al coste de sus
estudios, así como los gastos de estancia y regreso a su país.
4º. Ser acogido por una familia o institución durante su estancia, en
las condiciones normativamente establecidas, y que habrá sido
seleccionada por la organización responsable del programa de movilidad
de alumnos en que participa.
- Realización de prácticas no laborales, en el marco de un convenio firmado con un organismo o entidad pública o privada: haber sido admitido para la realización de prácticas no remuneradas, en base a la firma de un convenio, en una empresa pública o privada o en un centro de formación profesional reconocido oficialmente.
- Prestación de un servicio de voluntariado:
1º. Presentar un convenio firmado con la organización encargada del
programa de voluntariado, que incluya una descripción de las actividades
y de las condiciones para realizarlas, del horario a cumplir, así como
de los recursos disponibles para cubrir su viaje, manutención y
alojamiento durante su estancia.
2º. Que la organización haya suscrito un seguro de responsabilidad civil por sus actividades.
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