domingo, 22 de noviembre de 2009

Asesoria Legal


Residencia comunitaria
por cónyuge de ciudadano de la UE.

Para tramitar la residencia comunitaria por cónyuge de ciudadano de la Unión Europea, los cónyuges deberán dirigirse a la Oficina de Extranjeros de su provincia y presentar la siguiente documentación:

1. modelo de solicitud. EX016.
2. pasaporte.
3. 3 fotos.
4. DNI cónyuge español.
5. certificación de matrimonio.
6. certificado de empadronamiento de ambos cónyuges.
7. tarjeta de seguridad social cónyuge español.

Aproximadamente en unos dos meses (segín la provincia pueden tardar más) recibirán una resolución concediendo la residencia de familiar de ciudadano comunitario. Esta residencia tiene una duración de 5 años y permite la realización de actividad laboral tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

Fuente: Parainmigrantes.info [21/11/2009]

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